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VILLAJOYOSA

Solicitará un informe jurídico, cuyo resultado determinará la apertura de expedientes «para depurar posibles responsabilidades»

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El Ayuntamiento recurrirá ante el Supremo la sentencia que anula la multa de 12 millones al Hotel Atrium
FRENTE AL MAR. Estructura del complejo hotelero. / L. V.
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Villajoyosa acordó ayer recurrir la sentencia que ha anulado la sanción de doce millones de euros impuesta por la Generalitat en el 2004 a la empresa promotora del Hotel Atrium por el exceso de obra construida en este complejo hotelero.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado la multa debido a que ésta fue notificada quince días después de que expirara el plazo legal.

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Villajoyosa, en su reunión de ayer, decidió interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la citada resolución judicial.

También acordó solicitar la elaboración de un informe jurídico sobre la tramitación seguida desde un principio en el Consistorio en relación con el Hotel Atrium, desde la petición de licencias e inspecciones a las obras, hasta los expedientes sancionadores que han dado lugar a todo el contencioso.

Según fuentes municipales, «el resultado de ese informe determinará en su momento la apertura de expedientes para depurar» posibles «responsabilidades políticas y administrativas, que serían trasladadas a la vía judicial competente, si hubiera lugar a ello».

La sanción más alta

Según el fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV, ante el que cabe recurso de casación en el plazo de diez días, el expediente sancionador a la promotora, Hotel Luna SA, se inició el 31 de marzo de 2004 y el Ayuntamiento de Villajoyosa debía haberlo trasladado al perjudicado en el plazo de seis meses, es decir, «antes del 1 de octubre». Sin embargo, se hizo el 16 de octubre, «una vez transcurrido el plazo legal de seis meses establecido», por lo que el alto tribunal acepta el recurso para dar por caducado el expediente sancionador.

La promotora había recurrido al TSJCV después del acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana del 24 de septiembre de 2003, que dio como resultado un expediente sancionador del Ayuntamiento (el número 17/2004), con una multa de 12.020.242,09 euros, que, según el fallo del TSJCV, fue notificado fuera de plazo.

Esta sanción, la más alta de tipo urbanístico hasta esa fecha en España, era consecuencia de la realización de más de 14.470 metros cuadrados de obras sin licencia destinadas a la construcción del hotel y de una galería comercial.
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